La Gestora Pública de la Seguridad Social de largo Plazo habilitó una plataforma informática denominada Ge-Sip (Gestión Electrónica del Sistema Integral de Pensiones) para el registro de los nuevos trabajadores, proceso que comenzó este viernes 9 de septiembre.
“Se aclara a la población que los nuevos trabajadores dependientes, consultores, independientes y empresas, deberán registrarse al SIP, a través de la plataforma informática Ge-Sip (Gestión Electrónica del Sistema Integral de Pensiones), mediante la página web: https://www.gestora.bo/”, señala un comunicado de la Gestora.
También detalla que los registros se pueden hacer en las 31 oficinas de atención a la ciudadanía, distribuidas en los nueve departamentos del país.
En un comunicado dirigido a la población señala que la Gestora Pública de la Seguridad Social de largo Plazo, en cumplimiento a la Ley 065 de Pensiones (...), dará inicio parcial de actividades en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones a partir de este viernes 9 de septiembre.
Aclara que los pagos de contribuciones por los asegurados que actualmente cuentan con el Código Único de Asegurado (CUA) y, que se encuentran aportando a las Administradoras de Fondos de Pensiones (Futuro de Bolivia y BBVA Previsión), deben seguir realizándose en dichas entidades de forma regular, hasta mayo de 2023, periodo en el cual, sus datos serán migrados a la Gestora, en coordinación con ambas administradoras.
La estatal menciona que, por ejemplo, los empleadores que contratan a una o mas personas bajo la dependencia laboral, pueden registrarse llenando el formulario de Registro del Empleador, vía oficina virtual ingresando a la página web: www.gestora.bo o mediante la plataforma de atención al cliente, que tienen en sus oficinas.
Para ello, deben adjuntar ya sea en forma física o digital: el documento de identidad del representante legal de la empresa; poder del representante legal de la empresa; documentos que respalden el tipo de identificación del empleador y el croquis de la ubicación de la empresa.
En el caso de que sean trabajadores dependientes e independientes se pueden registrar llenando el formulario de registro tanto por la vía de oficina virtual o plataformas de atención al cliente.
Fuente: Pagina 7
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