martes, 13 de septiembre de 2022

Gestora habilita plataforma informática Ge-SIP para el registro de nuevos trabajadores


La Gestora Pública de la Seguridad Social de largo Plazo habilitó una plataforma informática denominada Ge-Sip (Gestión Electrónica del Sistema Integral de Pensiones) para el registro de los nuevos trabajadores, proceso que comenzó este viernes 9 de septiembre.

“Se aclara a la población que los nuevos trabajadores dependientes, consultores, independientes y empresas, deberán registrarse al SIP, a través de la plataforma informática Ge-Sip (Gestión Electrónica del Sistema Integral de Pensiones), mediante la página web: https://www.gestora.bo/”, señala un comunicado de la Gestora.

También detalla que los registros se pueden hacer en las 31 oficinas de atención a la ciudadanía, distribuidas en los nueve departamentos del país.

En un comunicado dirigido a la población señala que la Gestora Pública de la Seguridad Social de largo Plazo, en cumplimiento a la Ley 065 de Pensiones (...), dará inicio parcial de actividades en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones a partir de este viernes 9 de septiembre.

Aclara que los pagos de contribuciones por los asegurados que actualmente cuentan con el Código Único de Asegurado (CUA) y, que se encuentran aportando a las Administradoras de Fondos de Pensiones (Futuro de Bolivia y BBVA Previsión), deben seguir realizándose en dichas entidades de forma regular, hasta mayo de 2023, periodo en el cual, sus datos serán migrados a la Gestora, en coordinación con ambas administradoras.

La estatal menciona que, por ejemplo, los empleadores que contratan a una o mas personas bajo la dependencia laboral, pueden registrarse llenando el formulario de Registro del Empleador, vía oficina virtual ingresando a la página web: www.gestora.bo o mediante la plataforma de atención al cliente, que tienen en sus oficinas.

Para ello, deben adjuntar ya sea en forma física o digital: el documento de identidad del representante legal de la empresa; poder del representante legal de la empresa; documentos que respalden el tipo de identificación del empleador y el croquis de la ubicación de la empresa.

En el caso de que sean trabajadores dependientes e independientes se pueden registrar llenando el formulario de registro tanto por la vía de oficina virtual o plataformas de atención al cliente.

Especifica que los trabajadores dependientes deben registrarse al SIP en un plazo máximo de 10 días hábiles, iniciada la relación laboral. Pasado ese periodo, el empleador está obligado a hacerlo en un lapso de 15 días.

Fuente: Pagina 7

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