martes, 23 de junio de 2026

Nace Vista, la herramienta que revela el asedio y la deforestación en territorios indígenas


Para la mayoría de los pueblos indígenas de la Amazonía boliviana, el bosque es mucho más que un conjunto de árboles. Es la “casa grande” donde conviven la comunidad, los ríos, los animales, los seres espirituales y la memoria de sus antepasados. Para ellos, conservar los bosques es conservar la vida. Sin embargo, los datos analizados por Amazonía Traficada —un proyecto periodístico apoyado por el Pulitzer Center, en alianza con RAI Bolivia, Mongabay Latam y Asuntos Centrales— muestran que ahora esa “casa grande” está bajo asedio.

En apenas dos décadas (2003-2023) se deforestaron más de 186 500 hectáreas de bosque en los 48 territorios indígenas de la cuenca amazónica boliviana, una superficie casi tres veces mayor que la ciudad de Madrid. De esa cantidad, solo el 10% contó con la autorización de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT), el 90 % restante —168 670 hectáreas— ocurrió al margen de la ley.

Para Rivelino Segundo, capitán grande de Isoso —el territorio indígena con la mayor superficie de desmonte ilegal, más de 43 000 hectáreas—, la deforestación que avanza sobre los territorios ancestrales está directamente relacionada con los avasallamientos y la expansión de la frontera agrícola. A su juicio, quienes ocupan ilegalmente estas tierras buscan convertir el bosque en áreas de producción. “No somos nosotros los que desmontamos. Son los avasalladores. [En Isoso], lo hacen para sembrar soya a gran escala. Nosotros, como pueblo guaraní, convivimos con la naturaleza”.

Este y otros hallazgos son el resultado de un año de investigación en el que la alianza periodística, apoyada por geógrafos, analizó miles de datos filtrados desde la ABT y del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que fueron corroborados, y contó además con información proveniente de MapBiomas, el producto satelital mensual de Área Quemada Global de la NASA (MODIS MCD64A1) y la Fundación Amigos de la Naturaleza (FAN). El cruce de toda esta información, combinada con análisis geoespacial e imágenes satelitales, organizada en ocho bases de datos, más una reportería de campo en la que se levantaron al menos 30 entrevistas a líderes indígenas permitió reconstruir, con un nivel de detalle sin precedentes, las transformaciones que han experimentado los 48 territorios indígenas titulados de la cuenca amazónica boliviana en las últimas décadas.

De esa investigación nace VISTA, una plataforma que reúne y pone a disposición pública la información analizada por Amazonía Traficada.

La herramienta permite explorar, uno a uno, los 48 territorios indígenas y conocer qué está ocurriendo en su interior y en sus alrededores en cuanto a deforestación, quemas, expansión de la soya, autorizaciones de desmonte y asentamientos de terceros.

La frontera de lo ilegal

Entre 1986 y 2024, según los registros de GeoFAN, portal geoespacial de datos desarrollado por la FAN, los 48 territorios indígenas titulados de la cuenca amazónica acumularon la pérdida de aproximadamente 257 000 hectáreas de bosque. La cifra equivale al 3.4 % de toda la superficie deforestada en Bolivia durante ese periodo, estimada en 7.6 millones de hectáreas.

Para comprender cuánto de esa transformación ocurrió dentro del marco legal, Amazonía Traficada accedió, a través de una filtración de la ABT, a una base de datos inédita sobre autorizaciones de desmonte emitidas entre 2003 y 2023. Los registros muestran que, durante esas dos décadas, la institución otorgó alrededor de 9 400 resoluciones administrativas con las que autorizó el desmonte de casi 80 000 hectáreas de bosque en 41 territorios indígenas.

Sin embargo, solo una fracción de esa superficie autorizada para desmonte perdió bosque. Al cruzar la información de la filtración de la ABT con datos satelitales de deforestación, la investigación identificó que de las 80 000 hectáreas autorizadas, alrededor de 17 900 hectáreas de bosque fueron efectivamente taladas.

La diferencia entre lo permitido y lo que realmente ocurrió en el territorio revela una realidad más compleja. Que solo se haya desmontado una fracción de la superficie autorizada no significa que la deforestación haya sido menor. Por el contrario, la mayor parte de la pérdida de bosque sucedió fuera de las áreas autorizadas. Entre 2003 y 2023, la pérdida de bosque registrada en áreas sin permiso alcanzó las 168 670 hectáreas.

En otras palabras, por cada hectárea de bosque talado dentro de áreas autorizadas, se desmontaron más de nueve hectáreas fuera de ellas. El 90 % de la pérdida de bosque en los territorios indígenas amazónicos ocurrió al margen de los mecanismos de control estatal.

Amazonía Traficada solicitó información y una entrevista a la Dirección Nacional de la ABT para conocer su evaluación sobre estos hallazgos. Al cierre de esta investigación, la institución informó que el requerimiento continuaba en “revisión y coordinación administrativa interna”, por lo que no emitió una respuesta dentro del plazo previsto.

La presión que enfrentan los territorios indígenas amazónicos forma parte de una tendencia más amplia. El informe del World Resources Institute muestra que Bolivia, en 2025, volvió a ocupar el segundo lugar mundial en pérdida de bosque primario, solo por detrás de Brasil.

La pérdida de bosque en la Amazonía indígena no solo ocurre como resultado de los desmontes. El fuego también ha dejado una huella profunda sobre estos territorios. Datos analizados para esta investigación muestran que, entre 2001 y 2024, las quemas e incendios forestales afectaron 23.8 millones de hectáreas en Bolivia. De esa superficie, 4.1 millones de hectáreas —el 17 % del total nacional— se localizaron dentro de territorios indígenas titulados de la cuenca amazónica boliviana.

¿Cómo se llegó a esta situación?

Para comprenderlo es necesario retroceder varias décadas y revisar la historia de las demandas de los pueblos indígenas amazónicos por el reconocimiento y la defensa de sus territorios ancestrales.

La última década del siglo pasado fue clave en la conquista del reconocimiento de los territorios indígenas. Los años 1990 y 1996 marcaron hitos decisivos de ese proceso. En esos dos años los pueblos indígenas dejaron atrás los bosques, ríos y sabanas que conforman su hogar amazónico para recorrer cientos de kilómetros hasta la sede del Gobierno, en La Paz.

En ambas oportunidades —las primeras, aunque no las únicas— caminaron durante más de 30 días para hacer visible una demanda histórica. No pedían nuevas tierras; exigían que el Estado boliviano reconociera los territorios que ellos habitaban desde antes de la constitución de la República en 1825.

La presión de la marcha de 1996 contribuyó a la aprobación de la Ley INRA, que sentó las bases para el saneamiento y la titulación de los territorios indígenas. Sin embargo, tres décadas después de ese hito histórico, el reconocimiento territorial quedó lejos de completarse. Así lo demuestran investigaciones del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) y del Centro de Investigación y Promoción del Campesinado (CIPCA).

Los 48 territorios indígenas de la cuenca amazónica, en conjunto, pidieron el reconocimiento legal de alrededor de 22.7 millones de hectáreas, pero el INRA tituló 11.7 millones de hectáreas, apenas el 52 % de la superficie solicitada. Más de 11 millones de hectáreas quedaron fuera de la titulación.

Mientras gran parte de esta demanda seguía sin resolverse, el Estado continuó adjudicando tierras a terceros en áreas colindantes a los territorios indígenas. Se trataba de privados y comunidades de colonizadores, como se conoce en Bolivia a los campesinos, generalmente de zonas andinas, que migraron al oriente boliviano para dedicarse a la agricultura y expandir la frontera agrícola. El equipo de Amazonía Traficada tuvo acceso, a través de una filtración del INRA, a resoluciones de asentamientos (inicio del proceso de dotación de tierras) emitidas durante una década por esta institución.

El análisis de esa información revela que, entre 2009 y 2019, el INRA adjudicó aproximadamente 318 500 hectáreas para el establecimiento de 236 comunidades en áreas adyacentes a 19 territorios indígenas titulados. Las principales beneficiarias fueron la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) y la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB), afines al partido político que estuvo en el poder entre 2006 y 2025.

De acuerdo con la legislación boliviana, las comunidades beneficiarias de una resolución de asentamiento deben demostrar, en un plazo de dos años, el cumplimiento de la Función Social de la tierra para avanzar hacia la titulación definitiva, es decir, deben ocupar efectivamente el predio, residir en él y desarrollar actividades productivas. Si no lo hacen, pueden exponerse a procesos de reversión o a la pérdida de derechos sobre esas tierras. Consultado sobre la situación actual de estos asentamientos, el INRA no respondió a las reiteradas solicitudes de información realizadas para esta investigación.

Asimismo, se solicitó una entrevista —vía telefónica— con los máximos dirigentes de la CSCIB y de la CSUTCB, Juan Cáceres y Víctor Hugo Roca Leyte, respectivamente. Sin embargo, no fue posible establecer contacto con ninguno de ellos.

El tráfico de tierras

Además de la presión que ejercen las comunidades de terceros asentadas —con la autorización del INRA— alrededor de los territorios indígenas titulados, estos pueblos ancestrales se enfrentan al avasallamiento de sus espacios legalmente reconocidos por el Estado, es decir que cuentan con un título de propiedad colectiva.

Amazonía Traficada entrevistó a líderes de 30 de los 48 territorios indígenas titulados de la cuenca amazónica. Veintiocho reportaron haber registrado avasallamientos durante las últimas dos décadas y, en 22 casos, los conflictos continúan sin resolverse.

¿Quiénes están detrás de estas ocupaciones y qué buscan? Según los testimonios recogidos, la mayoría de las presiones sobre el territorio comienzan con la toma ilegal de la tierra. Cuando los ocupantes pertenecen a una organización social (como la CSUTCB o la CSCIB, entre otras)— ejecutan el asentamiento en grupo. Esto sucede en 78 % de los casos reportados en las entrevistas.

Si se les pregunta por qué ocupan estos territorios, la respuesta suele ser la misma, relatan los líderes indígenas consultados. Sin presentar pruebas, aseguran que se trata de tierras fiscales disponibles y que ya han iniciado trámites de dotación ante el INRA. Acto seguido, dividen el área ocupada en parcelas, levantan viviendas precarias y comienzan a desmontar el bosque. Mientras las comunidades indígenas denuncian el avasallamiento y las instituciones estatales tardan meses —e incluso años— en actuar, los árboles siguen cayendo y se activa un mercado ilegal de tierras dentro de los territorios indígenas.

No obstante, los avasallamientos no siempre son impulsados por organizaciones sociales. Cuando los ocupantes son actores privados, el mecanismo suele ser diferente. Quienes ingresan afirman haber comprado los predios y, según los testimonios recogidos, detrás de estas operaciones suele existir una compleja red de intermediarios, traficantes de tierras y otros actores que alimentan el mercado ilegal de tierras indígenas.

En ambos casos, el objetivo final es el mismo: habilitar tierras para actividades agropecuarias a distinta escala.

A las ocupaciones y disputas por la tierra se suma otra presión: la expansión de la soya. Datos de MapBiomas analizados para esta investigación muestran que, entre 2021 y 2024, este cultivo estuvo presente en 15 de los 48 territorios indígenas amazónicos, es decir, en casi un tercio del total.

Los habitantes indígenas de la Amazonía boliviana siguen intentando defender su “casa grande” cada vez más presionada Lo que ocurra en ella tendrá consecuencias más allá de sus fronteras.

Fuente: Asuntos Centrales

lunes, 22 de junio de 2026

Alcaldía de El Alto inicia plan de recuperación de espacios culturales


La Dirección Municipal de Cultura inició un proceso de recuperación de los espacios culturales municipales de El Alto, luego de evidenciar condiciones de deterioro y falta de mantenimiento en ambientes que, durante la anterior gestión, no recibieron la atención necesaria.

El director de Cultura, Santos Quispe, informó que uno de los primeros espacios inspeccionados fue el Teatro Municipal Raúl Salmón de la Barra, donde se identificaron varias necesidades para devolverle su funcionalidad y mejorar la experiencia de artistas y visitantes.

“Hay un descuido de la anterior autoridad. Hemos visto que el piso está en malas condiciones, falta pintado y también cambiar los asientos. Queremos hacer un cambio total, darle otra imagen para que los artistas. Que los elencos teatrales y la población puedan volver a visitar este espacio”, señaló Quispe.

Adelantó que realiza gestiones para modificar el presupuesto y ejecutar mejoras en la infraestructura cultural.

El funcionario anunció que se realizarán inspecciones en otros espacios culturales ubicados en las subalcaldías y distritos del municipio. El propósito, enfatizó, es identificar necesidades y establecer un plan de recuperación integral.

Destacó que, pese a las dificultades generadas por los conflictos sociales y bloqueos que afectaron la realización de actividades culturales, la nueva gestión busca reactivar estos escenarios y convertirlos nuevamente en centros de promoción artística y cultural para la población alteña.

Imagen: 88 Grados

Fuente: La Razon

domingo, 21 de junio de 2026

Los derechos constitucionales no son eliminados por el estado de excepción


Una publicación difundida en redes sociales indica que el estado de sitio suspende todos los derechos constitucionales y además, permite al Gobierno nacional “matar, secuestrar o despojar de bienes a los ciudadanos”; sin embargo, el contenido es falso.

La Constitución Política del Estado no contempla la figura del estado de sitio y el actual estado de excepción solo establece restricciones temporales a tres derechos: la libre locomoción, la reunión y las manifestaciones.

La publicación fue detectada este 20 de junio en la página Batalla Cultural en Facebook.

El mensaje lleva el siguiente texto:

¿Qué hacer en el estado de sitio?
Primero, recuerda que en un estado de sitio *todos* tus derechos constitucionales son suspendidos, es decir, el gobierno puede matar, secuestrar, aprehender, herir y robarte tus cosas si desea porque eres considerado terrorista.
Ante esta situación qué hacer:
1. Graba todo, quizás te corten el internet en tu comunidad o barrio, así que graba todo y trata de enviar a grupos de WhatsApp de varias personas que se encuentren fuera de tu zona.
2. En caso de que el internet se haya cortado totalmente y también la luz y el agua, guarda los videos hasta que se vayan los militares y policías y envía lo antes posible a redes sociales.
3. En caso de que disparen a tu padre o madre, o tus seres queridos, trata de parar la hemorragia con vendas y corre al centro de salud más cercano, no olvides grabar todo eso, la policía y el ejército se harán los desentendidos y dirán que no fueron ellos.
4. Si ves a alguien, solo protégelo entre todos esos, son los primeros en ser secuestrados y torturados por la policía y las FF.AA.
5. Si eres mujer, ten un cuchillo o machete; los policías y militares intentarán violarte. El momento en que se te acerquen, úsalo contra la humanidad del uniformado.
6. Una vez los policías y militares abandonen el lugar, vuelve a bloquear; ellos se cansarán de matar. Pero la dignidad del pueblo contra este gobierno es infinita.
Pedimos al Defensor del Pueblo que esté atento ante las denuncias y pase a medios internacionales. Los medios de comunicación en Bolivia están comprados; ninguno informará la muerte de las personas.
Comparte a tus contactos.

El contenido además incita a la violencia física contra policías y militares, además de que convoca al bloqueo de caminos. Según esta publicación, las personas que sean reprimidas por los militares serán juzgadas por el delito de terrorismo.

Lo que dice la normativa

Para la verificación, se revisaron la Constitución Política del Estado (CPE), particularmente el artículo 137, la Ley 1740 de regulación de estados de excepción y el Decreto Supremo 5636 emitido por el Gobierno de Rodrigo Paz Pereira, con el objetivo de establecer el alcance jurídico de las medidas extraordinarias actualmente vigentes.

La revisión normativa evidenció que la figura del “estado de sitio” no está contemplada en la actual CPE, promulgada en 2009. En su lugar, la Carta Magna establece el mecanismo del “estado de excepción”, que puede ser declarado únicamente en situaciones de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural.

Desde una perspectiva jurídica, el estado de excepción no implica la suspensión total de las garantías constitucionales ni otorga facultades ilimitadas al Gobierno.

La propia Constitución establece límites expresos al ejercicio de estas medidas y dispone que, durante su vigencia, deben preservarse derechos fundamentales como la vida, el debido proceso y las garantías judiciales.

En el caso del Decreto Supremo 5636, la norma dispone restricciones temporales a tres derechos específicos: la libre locomoción, el derecho de reunión y el derecho a la manifestación. Por tanto, es falso afirmar que el Gobierno puede suspender todos los derechos constitucionales o actuar al margen del ordenamiento jurídico bajo el actual estado de excepción.

Sobre el delito de terrorismo

El artículo 133 del Código Penal boliviano establece que el delito de terrorismo se sanciona con penas de entre 15 y 20 años de presidio. La norma tipifica como terrorismo la comisión de actos destinados a generar alarma o pánico colectivo, obligar a un gobierno a realizar o abstenerse de realizar determinadas acciones, subvertir el orden constitucional o deponer a un gobierno elegido democráticamente.

Entre las conductas contempladas por la legislación se encuentran los atentados contra la seguridad común, la salud pública, los medios de transporte y la integridad de autoridades nacionales o extranjeras protegidas internacionalmente.

La norma también considera terrorismo al secuestro de aeronaves o embarcaciones mediante violencia o intimidación, los ataques contra personas internacionalmente protegidas y la colocación o detonación de artefactos explosivos en lugares públicos, instalaciones gubernamentales o infraestructuras estratégicas.

En consecuencia, la afirmación de que el Gobierno nacional a través de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) está autorizado para matar a una persona tipificada por el delito de terrorismo no coincide con el Código Penal.

Según la información difundida por la Presidencia del Estado, la declaración de un estado de excepción en Bolivia no implica la paralización total de las actividades ni la suspensión de las garantías constitucionales.

Contexto

La publicación circula en redes sociales en medio de un escenario de alta conflictividad social y bloqueos de carreteras en distintas regiones del país.

La difusión del mensaje coincidió con la declaración de estado de excepción emitida este 20 de junio por el presidente Rodrigo Paz, una medida adoptada por el Ejecutivo con el argumento de restablecer el orden público para garantizar el abastecimiento de alimentos, combustibles y otros servicios esenciales afectados por las protestas, después de 50 días de bloqueos en diferentes puntos del país.

En este contexto de tensión política y social, la desinformación sobre el alcance de las medidas excepcionales generó incertidumbre entre la población.

Sobre el estado de sitio

Es una medida más severa, donde los gobiernos otorgan mayores facultades a las fuerzas militares y policiales para recuperar el control del territorio; pero ya no está avalada en la actual Constitución boliviana.

La última vez que se declaró un estado de sitio fue en el año 2008, durante el Gobierno de Evo Morales Ayma, medida que fue aplicada en el departamento de Pando por los enfrentamientos en El Porvenir, que dejaron 15 fallecidos.

La medida fue impuesta por el Decreto Supremo 29705 del 12 de septiembre de 2008, que incluía control militar, restricciones a la circulación y suspensión temporal de algunas garantías constitucionales. Por ejemplo, se prohibía la libre circulación de grupos de dos o más personas entre las 00.00 y las 6.00; también estaba prohibida la circulación vehicular en esos mismos horarios. Los viajes solo podían realizarse con salvoconductos emitidos por el Comando Departamental de la Policía de Pando.

La medida se mantuvo vigente hasta el 22 de noviembre de ese año.

Con la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado en el año 2009 se cambió la figura del estado de sitio por la del estado de excepción.

La actual Constitución establece límites específicos al estado de excepción, que únicamente permite restricciones temporales a determinados derechos, sin suspender el conjunto de las garantías constitucionales ni otorgar facultades ilimitadas al Gobierno.

Por todo lo expuesto, no es real que se ha declarado estado de sitio y que el estado de excepción elimina los derechos constitucionales. 

Fuente: Bolivia Verifica