Tras la aprobación en el Senado del Proyecto de Ley 160 de “Acceso a la Información y Documentación Pública”, señalan que una eventual sanción de esta normativa, dotaría a la prensa de una herramienta importante para la fiscalización en la administración pública, además de constituirse, consolidar un instrumento que materialice varios derechos contemplados en la Constitución Política del Estado (CPE).
Según la senadora proyectista de esta norma, Silvia Salame, uno de los principales obstáculos con los que un ciudadano choca al momento de hacer respetar sus derechos tiene que ver con una deficiente y hasta nula posibilidad de poder acceder a determinada información.
Esto, en el caso de la prensa, pasa por la recurrente obstaculización de funcionarios a facilitar documentación y datos que son de interés público, con las debidas excepciones.
“Lo que se quiere es lograr materializar los derechos contenidos en la Constitución Política del Estado”, dijo Salame a El Diario.
Según la legisladora representante del departamento de Chuquisaca, los periodistas no siempre reciben la información que solicitan de instituciones públicas, tanto de altos ejecutivos como de funcionarios subalternos, quienes creen que es discrecional entregar o no los datos requeridos, situación que no debe continuar.
“Incluso para nosotros, como parlamentarios que tenemos que fiscalizar, es sumamente difícil acceder a esta información, lo es más aún para otras instancias”, dijo.
Esperando que esta normativa cuente con el respaldo y apoyo de los gremios de la prensa, además de la sociedad civil y sus organizaciones hasta conseguir su sanción y promulgación, Salame recordó que este proyecto de ley nació como resultado de un fallo contra el Estado boliviano, emitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) en 2022, por el caso Flores Bedregal, con la que se ordenó al Parlamento nacional la implementación de una ley que garantice a la población el acceso oportuno a información pública.
“Bolivia es uno de los pocos países que no cuenta con una ley en este sentido, desde 2022 estamos incumpliendo con este fallo de la Corte-IDH”, agregó.
Al respecto, el vicepresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Erick Torrico Villanueva, en entrevista con el Decano de la Prensa Nacional, calificó la aprobación del Senado hacia esta iniciativa como un importante avance que permite ampliar las posibilidades de acceder a información relacionada a la administración pública, no solo para periodistas sino para cualquier ciudadano que así lo requiera.
En ese contexto, recordó que en los últimos diez años se plantearon varias iniciativas para implementar una ley de estas características, sin lograr éxito, por lo que con una posible sanción y promulgación del Proyecto de Ley 160 de “Acceso a la Información y Documentación Pública”, Bolivia finalmente lograría ponerse a la par del resto de los países de América, contando con una normativa en este sentido.
Asimismo, Torrico puntualizó que la prensa ha tenido muchas dificultades para acceder a información, teniendo que recibir constantes negativas y restricciones relacionadas a datos, documentos, e incluso a declaraciones en conferencias de prensa, donde autoridades de los distintos niveles del Estado se resisten a contestar determinadas preguntas o contestan selectivamente, dando su versión de los hechos para luego huir sin escuchar cuestionamiento alguno.
“Los periodistas son representantes de la ciudadanía y tienen siempre consultas que hacer sobre los diferentes temas a las autoridades, son una forma de control social. Poder contar con una ley de acceso a la información pública es fundamental para balancear esto”, afirmó.
Esta semana, luego de tres años de elaboración y socialización, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley 160 de “Acceso a la Información y Documentación Pública”, la norma remitida a la Cámara de Diputados, permitirá que servidores públicos puedan responder a los requerimientos de información en plazos concretos y establecidos.
Tras la sesión del pasado día miércoles, Salame sostuvo que se trata de un gran avance para el país en general, tomando en cuenta que no solo se dan garantías a todos los bolivianos para contar con información pertinente y necesaria, sino porque, como Estado, se cumple con un mandato de la Corte-IDH.
Una vez que la norma entre en vigencia, los requerimientos de información deberán ser contestados en tiempos específicos y solo se tendrán excepciones mediante leyes previas que declaren información en reserva o confidencial.
Según su artículo 20: “Las instituciones públicas y/o entidades obligadas tienen un plazo máximo de quince (15) días hábiles para responder a la solicitud, con la posibilidad de una prórroga de cinco (5) días hábiles previa justificación y notificación a la persona solicitante”.
Asimismo, “las servidoras y los servidores públicos encargados del cumplimiento y ejecución de la presente Ley, que incurran en negativa infundada, falta de respuesta oportuna o restricción ilegal en la atención de las solicitudes de información y/o documentación pública incurrirán en responsabilidad administrativa siendo pasibles a la destitución de sus funciones”.
También hace una clasificación de la información en cuatro categorías base: Información Pública (cualquier tipo de dato en custodia o control de una institución pública); Información Reservada (excluida temporalmente por disposición legal por existir un riesgo claro, probable y específico de daño a intereses públicos); Información Confidencial (aquella información privada, en poder de cualquier sujeto obligado o entidad pública, cuyo acceso público se prohíbe por mandato constitucional); Información Secreta (la que requiere alto grado de protección y cuya revelación pueda poner en riesgo la seguridad interior o exterior del Estado).
Imagen: Servindi
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