En Bolivia, el derecho a acceder a la información es una prerrogativa reconocida por la Constitución Política del Estado (CPE), al menos siete leyes y tres decretos, pero su cumplimiento es casi nulo, no solo por la falta de una ley específica que regule esta materia, sino porque se advierte escasa voluntad política para transparentar el manejo de la gestión pública.
En 22 años, en Bolivia se propusieron 10 proyectos de ley sobre acceso a la información pública, sin embargo ninguno prosperó, según una revisión elaborada por Bolivia Verifica. Este medio también recogió información de una sistematización realizada por el experto en Derechos Humanos Ramiro Orias, de donde se colige que al menos otras 10 normas reconocen este derecho.
Por ejemplo, en su artículo 21, la Carta Magna establece que “las y los bolivianos tienen derecho a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”.
Y su artículo 24 consigna que “Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario”.
Mientras que el Decreto Supremo 28168 de Acceso a la Información en el ámbito del Poder Ejecutivo reconoce los principios de publicidad, obligatoriedad y gratuidad en el manejo de la información pública, salvo excepciones reguladas por ley. Para acceder a un resumen del compendio, ingrese a este link.
No obstante, el gremio de las y los periodistas, uno de los sectores más afectados por los problemas para acceder a la información, lamenta que las normas no se cumplen en el país.
La Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB), a través de su ejecutivo Jorge Ábrego, reclama una ley específica sobre este tema al ser “un primer paso para ejercer este derecho humano”.
Ábrego afirma que la CPE y los decretos supremos vigentes no han ayudado en nada a que los periodistas puedan acceder abiertamente a la información pública. En su criterio, el marco legal vigente no es más que “un saludo a la bandera”.
En la misma línea, el periodista y exdirigente de la Asociación Nacional de la Prensa de Santa Cruz (ANPSC) Roberto Méndez señala que, pese a lo dispuesto en lo normativa, es cada vez más común que instituciones nacionales, departamentales y municipales se nieguen a proporcionar datos a la prensa y a la propia ciudadanía.
“Vemos un ejemplo con los contratos que firmó el Gobierno para la explotación del litio con empresas chinas. En términos generales, la información siempre es negada a los ciudadanos. Otro ejemplo es el de los militares, que finalmente suspendieron el veto para acceder a los archivos militares de la dictadura; la idea era conocer dónde están los restos de Marcelo Quiroga Santa Cruz y resulta que los archivos fueron borrados”, se lamenta.
El abogado Julio Veizaga, también especialista en acceso a la información pública, coincide en que, pese a las normativas vigentes, una respuesta afirmativa a la solicitud de información por parte de la ciudadanía es casi imposible.
“El Estado no cumple con su deber de facilitar la información en tiempo razonable. En la práctica, acontece que el Estado no tiene voluntad política para atender el derecho de petición consagrado por el artículo 24 de la Constitución Política del Estado”.
Garantías internacionales
“No es necesaria una ley para ejercer el derecho de acceder a la información pública. Incluso, no es necesario que la CPE lo reconozca específicamente, porque el acceso a la información está reconocido en el derecho internacional, a través de los tratados, como un derecho humano”, afirma Joan Barata, experto internacional en materia de libertad de expresión y regulación de medios.
Durante una entrevista vía zoom desarrollada por la Fundación para el Periodismo (FPP) de Bolivia, el especialista refiere que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos “reconocen el derecho de acceso a la información”.
Según su experiencia, en varios países del mundo hay leyes de acceso a la información pública que han resultado insuficientes, debido a que han sido elaboradas con falencias y aplicarlas se dificulta.
“Más de la mitad de los países del mundo tiene una ley de acceso a la información, lo cual es bueno. Sin embargo, también hay aspectos negativos, las leyes no son suficientes y no recogen todos los aspectos del derecho a acceder a la información pública”, apunta.
En su criterio, la presión internacional hace que muchos gobiernos decidan adoptar una norma específica que regule este aspecto, pero en los hechos, “no tienen interés en implementarla”.
La base de otros derechos humanos
Un componente esencial de la democracia es el derecho a acceder a la información pública, porque no consiste solo en “pedir información, sino procesarla y difundirla”, expone Ramiro Orias, abogado y especialista en materia de libertad de expresión de la Red de Apoyo y Protección a Periodistas (RAPP).
“En el fondo es el derecho a saber, el derecho a conocer los asuntos públicos”, lo que tiene alto impacto en el ejercicio de otros derechos humanos. “No se puede ejercer el derecho a la participación si es que no conocemos los asuntos públicos que van a ser sometidos a una consulta, a algún proceso participativo”, cita como ejemplo.
Orias recuerda que, a pesar de la importancia de este derecho, en muchos países todavía es difícil y hasta casi imposible acceder a información de carácter público.
“A nivel regional, pese a que Bolivia reconoce el derecho a la información en el artículo 21 de su Constitución, es uno de los tres países latinoamericanos (además de Cuba y Surinam) que no tiene una ley” específica sobre este tema, dice.
Imagen: Pacha
Fuente: Bolivia Verifica
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