El presidente de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP/Diarios), Jorge Carrasco, pidió a la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados que agilice el análisis de la Ley de Acceso a la Información aprobada por el Senado el pasado 27 de agosto.
Carrasco llamó a los parlamentarios de la Cámara Baja a promover una legislación que contribuya a la transparencia en la administración de los recursos públicos en el gobierno central, las gobernaciones departamentales, los municipios y toda entidad pública.
“Los ciudadanos deben tener acceso sin mayores restricciones a información sobre la ejecución del gasto público, siguiendo el espíritu de la ley aprobada en el Senado Nacional”, expresó el representante de los diarios de circulación nacional.
Durante 15 años, la ANP/Diarios, junto a otras organizaciones, reclaman la promulgación de una ley que facilite a todos los ciudadanos la petición de informes y datos sobre las actividades que realizan los servidores públicos.
El proyecto aprobado en el Senado se enmarca en el artículo 21.6 de la Constitución Política del Estado (CPE) y tiene como ámbito de aplicación a los órganos del Estado, entidades e instituciones públicas.
Además, comprende a empresas públicas, universidades públicas, entidades descentralizadas, desconcentradas u otras donde el Estado tenga participación accionaria, perciban recursos o presten servicios públicos, así como a toda persona natural o jurídica, individual o colectiva que se constituya en solicitante.
Solicitud y entrega de información
En las definiciones del proyecto se considera al solicitante como toda persona individual o colectiva, natural o jurídica, quien en ejercicio de su derecho a la petición se constituye en peticionante de información pública ante la entidad o institución obligada.
El artículo 10 del proyecto expresa que la información pública debe ser brindada en el estado en que se encuentre al momento de efectuarse la solicitud.
Las entidades o instituciones obligadas tienen el deber de entregar la información requerida en los formatos físicos o digitales que estos registren, salvo las restricciones establecidas por ley y clasificación correspondiente, exceptuando la solicitada mediante orden judicial, requerimiento fiscal o resolución constitucional.
La restricción a la entrega de información hace referencia a la protección de la seguridad nacional, secretos industriales, comerciales, científicos, técnicos o tecnológicos que pudieran perjudicar el nivel de competitividad o lesionar los intereses de la entidad obligada.
También se restringe la información que vulnere los derechos fundamentales de cualquier persona natural, vinculados a la privacidad, intimidad, dignidad, reputación, imagen o que ponga en peligro la vida, la integridad o seguridad de cualquier persona.
El 23 de octubre de 2024, un proyecto promovido por la entonces senadora Silvia Salame fue aprobado en la Cámara Alta y el documento pasó a la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, pero su trámite no avanzó pese a la solicitud realizada por el colectivo de defensores de derechos ciudadanos.
Fuente: ANP

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